Información:
902 13 02 13
spaviv@spaviv.es
Está en: SPAVIV | Propietario | Funcionamiento SPAVIV
En la firma del contrato intervienen:
Esta firma se realizará bajo la supervisión de un Agente Colaborador de la Sociedad Pública de Alquiler, que resolverá todas las dudas que pueden plantearse y recordará a las partes sus derechos y obligaciones.
La vivienda en cuestión se alquila para ser destinada a vivienda habitual, no pudiendo instalar o desarrollar en ella actividades nocivas, peligrosas, molestas, insalubres o ilícitas.
El inquilino se compromete, entre otras cosas, a:
Cuidar correctamente la vivienda entregándola al final del arrendamiento en las mismas condiciones en que la recibió.
No ceder ni subarrendar la vivienda sin autorización previa.
Manifestar con 30 días de antelación al plazo de contrato acordado o de cualquiera de sus prórrogas, su deseo de resolver el contrato cuando llegue la fecha.
Poner en conocimiento de la SPA, la necesidad de reparaciones.
No realizar ningún tipo de obras sin el consentimiento del arrendador.
Entregar la fianza legal y la garantía adicional solicitada por la SPA.
El inquilino cuenta con los siguientes derechos:
Prorrogar el contrato de arrendamiento año a año hasta un máximo de cinco. La posible excepción a esta prórroga se encuentra en el hecho de que el arrendador necesita la vivienda para sí en virtud de lo establecido en el art. 9.3 de la LAU
La renta no se elevará por encima de la variación porcentual experimentada por el Índice de Precios al Consumo publicado por el Instituto Nacional de Estadística durante los doce meses anteriores a la fecha de actualización.
Disfrutar de una vivienda en perfectas condiciones de habitabilidad.
Si la vivienda arrendada se vende, el nuevo adquirente deberá respetar los derechos del inquilino.
Reembolso de la fianza y garantías aportadas, una vez comprobado que no ha existido ningún incumplimiento del contrato de arrendamiento, imputable al inquilino.
El propietario se compromete, entre otras cosas, a:
Abonar los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, servicios, tributos, cargas y responsabilidades, la cuota por Comunidad de Propietario y el Impuesto de Bienes e Inmuebles.
A realizar las reparaciones necesarias para conservar la vivienda en condiciones de habitabilidad, salvo cuando el deterioro sea imputable al arrendatario.
El propietario tiene derecho a:
Una vez finalizados el contrato de arrendamiento con el inquilino y el contrato de gestión con la Sociedad, a recibir la vivienda en estado anterior al arrendamiento, salvo el desgaste de uso habitual.
Recibir directamente de la SPA la contraprestación económica, y su actualización, con arreglo a las condiciones pactadas, en el contrato de intermediación y gestión.
A vender la vivienda arrendada siempre que se respeten los derechos de la parte arrendataria.
La extinción tanto del contrato de gestión e intermediación con el propietario como el contrato de arrendamiento con el inquilino se producirá por el incumplimiento de las obligaciones contractuales, por las propias causas de resolución recogidas en los contratos y por las causas previstas en la Ley de Arrendamientos Urbanos.